Atribuciones

ATRIBUCIONES DEL COMITÉ

  1. Evaluar los protocolos o proyectos de investigaciones científicas biomédicas que sean sometidas a su consideración.
  2. Informar la investigación presentada a su evaluación, dentro del plazo máximo de 45 días siguientes a su presentación, plazo que podrá prorrogarse por razones fundadas por una sola vez, por 20 días. Los 45 días serán contados a partir de que el investigador presenta toda la documentación requerida. Este plazo comienza cada vez que el investigador presenta una nueva versión del documento presentado para revisión.
  3. Dicho informe contendrá la determinación fundada, favorable o desfavorable, a menos que se soliciten modificaciones previas como condición de su futura aprobación, según corresponda.
  4. En el caso de que el informe sea favorable, su mérito será suficiente para que el estudio se pueda llevar a cabo en cualquier establecimiento, siempre y cuando cuente con la autorización del Director de éste, quien podrá denegar su realización en sus dependencias.
  5. En el caso de que la resolución del Comité sea desfavorable a la realización de la investigación o estudio, éste no podrá llevarse a cabo, a menos que sea reformulado para dar satisfacción a las objeciones planteadas.
  6. El comité tiene la atribución para consultar la opinión de expertos y solicitar informes técnicos y/o científicos respecto de aquellas materias específicas en las que verse el proyecto sometido a su consideración.
  7. El Comité  puede determinar la suspensión de un estudio por: violación grave de protocolo,  incumplimiento de normas éticas en la conducción del estudio, eventos adversos mayores a los porcentajes establecidos en el protocolo o Incumplimiento del Investigador frente a las solicitudes del CEC.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE

  1. Convocar a las reuniones del Comité de Etica
  2. Presidir las reuniones del Comité
  3. Visar y firmar las actas y documentos del Comité en razón a su cargo.
  4. El presidente podrá delegar sus funciones  en cualquier miembro del Comité cuando no pueda ejercerlas personalmente por enfermedad, ausencia imprevista o permiso, y hasta tanto persistan tales circunstancias.
  5. Convocar a reuniones extraordinarias.
  6. Presentar una memoria anual de las actividades del Comité.
  7. Coordinar actividades de capacitación de los miembros del Comité.

El Presidente podrá cesar sus funciones por los siguientes motivos

  1. A petición propia
  2. Por cesar en sus funciones como miembro del Comité.
  3. Por votación de la mayoría absoluta del Comité, a propuesta de idéntica mayoría.

FUNCIONES DEL VICE-PRESIDENTE

El Vice-presidente ejercerá las funciones propias del Presidente cuando este último se encuentre inhabilitado para hacerlo o se lo pida expresamente.

FUNCIONES DEL SECRETARIO

  1. Confeccionar las Tablas y Actas del Comité, dando fe  de  veracidad y contenido, con el visto bueno del Presidente.
  2. Redactar  cartas de sugerencias y rechazo a protocolos de investigación, y enmiendas.
  3. Mantener actualizados  la base de datos  de los proyectos analizados cada año y estado de estos (en curso, finalizado).
  4. Auxiliar al Presidente en sus funciones.

El Secretario podrá cesar en sus funciones en los mismos términos que el Presidente.

FUNCIONES DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA

  1. Atención a requerimientos de información por parte de investigadores.
  2. Entrega  de documentos impresos aprobados por el comité a las entidades que correspondan
  3. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias.
  4. Preparar las reuniones ordinarias y extraordinarias (proveer la documentación, material, infraestructura y consumo necesario)
  5. Solicitar, retirar y entregar los cheques para los pagos indicados por la Presidenta.
  6. Archivar, custodiar y mantener en orden la documentación impresa.
  7. Expedir (despachar documentación) certificaciones de los acuerdos del Comité según lo entregado por Secretario de Actas.

FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ

  1. Asistir de manera regular a las sesiones
  2. Avisar anticipadamente cuando no pueda asistir a alguna reunión
  3. Cumplir con los plazos estipulados para ingresar el resultado de su revisión de los protocolos asignados al sistema web.
  4. Evaluar los documentos que se le han asignado para analizar e ingresar su evaluación en la correspondiente pauta de evaluación disponible en la plataforma web.
  5. Mantenerse informado respecto del marco jurídico, legal y ético que rige a los Comités de Ética Científicos.
  6. Mantener la autonomía en las sesiones de Comité.
  7. Capacitarse.
  8. Respetar los principios de confidencialidad de los protocolos y de sus participantes.
  9. Estar en condiciones de monitorear un estudio.
  10. Opinar de manera objetiva en las evaluaciones de protocolos rigiéndose por los principios de autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia.