ATRIBUCIONES DEL COMITÉ
- Evaluar los protocolos o proyectos de investigaciones científicas biomédicas que sean sometidas a su consideración.
- Informar la investigación presentada a su evaluación, dentro del plazo máximo de 45 días siguientes a su presentación, plazo que podrá prorrogarse por razones fundadas por una sola vez, por 20 días. Los 45 días serán contados a partir de que el investigador presenta toda la documentación requerida. Este plazo comienza cada vez que el investigador presenta una nueva versión del documento presentado para revisión.
- Dicho informe contendrá la determinación fundada, favorable o desfavorable, a menos que se soliciten modificaciones previas como condición de su futura aprobación, según corresponda.
- En el caso de que el informe sea favorable, su mérito será suficiente para que el estudio se pueda llevar a cabo en cualquier establecimiento, siempre y cuando cuente con la autorización del Director de éste, quien podrá denegar su realización en sus dependencias.
- En el caso de que la resolución del Comité sea desfavorable a la realización de la investigación o estudio, éste no podrá llevarse a cabo, a menos que sea reformulado para dar satisfacción a las objeciones planteadas.
- El comité tiene la atribución para consultar la opinión de expertos y solicitar informes técnicos y/o científicos respecto de aquellas materias específicas en las que verse el proyecto sometido a su consideración.
- El Comité puede determinar la suspensión de un estudio por: violación grave de protocolo, incumplimiento de normas éticas en la conducción del estudio, eventos adversos mayores a los porcentajes establecidos en el protocolo o Incumplimiento del Investigador frente a las solicitudes del CEC.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE
- Convocar a las reuniones del Comité de Etica
- Presidir las reuniones del Comité
- Visar y firmar las actas y documentos del Comité en razón a su cargo.
- El presidente podrá delegar sus funciones en cualquier miembro del Comité cuando no pueda ejercerlas personalmente por enfermedad, ausencia imprevista o permiso, y hasta tanto persistan tales circunstancias.
- Convocar a reuniones extraordinarias.
- Presentar una memoria anual de las actividades del Comité.
- Coordinar actividades de capacitación de los miembros del Comité.
El Presidente podrá cesar sus funciones por los siguientes motivos
- A petición propia
- Por cesar en sus funciones como miembro del Comité.
- Por votación de la mayoría absoluta del Comité, a propuesta de idéntica mayoría.
FUNCIONES DEL VICE-PRESIDENTE
El Vice-presidente ejercerá las funciones propias del Presidente cuando este último se encuentre inhabilitado para hacerlo o se lo pida expresamente.
FUNCIONES DEL SECRETARIO
- Confeccionar las Tablas y Actas del Comité, dando fe de veracidad y contenido, con el visto bueno del Presidente.
- Redactar cartas de sugerencias y rechazo a protocolos de investigación, y enmiendas.
- Mantener actualizados la base de datos de los proyectos analizados cada año y estado de estos (en curso, finalizado).
- Auxiliar al Presidente en sus funciones.
El Secretario podrá cesar en sus funciones en los mismos términos que el Presidente.
FUNCIONES DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA
- Atención a requerimientos de información por parte de investigadores.
- Entrega de documentos impresos aprobados por el comité a las entidades que correspondan
- Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias.
- Preparar las reuniones ordinarias y extraordinarias (proveer la documentación, material, infraestructura y consumo necesario)
- Solicitar, retirar y entregar los cheques para los pagos indicados por la Presidenta.
- Archivar, custodiar y mantener en orden la documentación impresa.
- Expedir (despachar documentación) certificaciones de los acuerdos del Comité según lo entregado por Secretario de Actas.
FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ
- Asistir de manera regular a las sesiones
- Avisar anticipadamente cuando no pueda asistir a alguna reunión
- Cumplir con los plazos estipulados para ingresar el resultado de su revisión de los protocolos asignados al sistema web.
- Evaluar los documentos que se le han asignado para analizar e ingresar su evaluación en la correspondiente pauta de evaluación disponible en la plataforma web.
- Mantenerse informado respecto del marco jurídico, legal y ético que rige a los Comités de Ética Científicos.
- Mantener la autonomía en las sesiones de Comité.
- Capacitarse.
- Respetar los principios de confidencialidad de los protocolos y de sus participantes.
- Estar en condiciones de monitorear un estudio.
- Opinar de manera objetiva en las evaluaciones de protocolos rigiéndose por los principios de autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia.