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HISTORIA

El Comité de Ética Científico Pediátrico existe desde el año 1980, cuando en el Hospital Luis Calvo Mackenna el Dr. Ernesto Ríos creó el primer Comité de Ética encargado de la revisión de protocolos de investigación clínica en pediatría.  El año 1997 se reorganiza un nuevo Comité conformado por dos médicos y una enfermera; el año 1999 el Comité aumentó el número de médicos a 4 e incorporó otra enfermera con formación de postgrado en Bioética.

El año 2002 el Comité fue acreditado por el Ministerio de Salud, nombrándose como Comité de Ética Científico Pediátrico del Servicio de Salud Metropolitano Oriente. A esa fecha sus integrantes eran 5 médicos, 2 enfermeras, 1 abogado, 1 representante de la comunidad y 1 secretaria. Con esta resolución de acreditación este Comité se transformó en el primer “Comité Ética Científico Pediátrico del Servicio Salud Metropolitano Oriente”, único en la especialidad y en el país.

El año 2005 el Comité del SSMO fue acreditado también por la OHRP (Organization for Human Research Protection), por tres años, renovándose en el año 2008, por un período de 3 años más.

Desde sus inicios y hasta la fecha, este Comité ha funcionado en dependencias del Hospital Luis Calvo Mackenna, evaluando los protocolos de investigación que se realizan en población pediátrica y en el área correspondiente al Servicio de Salud Metropolitano Oriente.

¿QUIÉNES SOMOS?

El Comité de Ética Científico Pediátrico, CECP, es un organismo colegiado e independiente, creado al amparo de lo previsto en las disposiciones contenidas en la Ley N° 20.120 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 114, de 2010, del Ministerio de Salud.

Le corresponde la revisión ética de los protocolos de investigación científica biomédica sometidos a su consideración, asegurando la protección y resguardo de los derechos, la seguridad y el bienestar de los niños que son sujetos de una investigación científica biomédica.

En ejercicio de dicha función,  el Comité actúa siempre y en todo momento garantizando  el cumplimiento del ordenamiento jurídico, y a la luz de las recomendaciones y principios internacionalmente aceptados en materia de investigación biomédica en seres humanos.

MISIÓN

Resguardar los derechos de las personas en el marco de la investigación biomédica, garantizando el cumplimiento de las normas nacionales y recomendaciones internacionales.

OBJETIVO

Proteger la seguridad, los derechos, la dignidad y el bienestar de los/as niño/as que participan en la Investigación Biomédica de la circunscripción del Servicio de Salud Metropolitano Oriente de Santiago, asegurando que ésta se desarrolle en un marco ético y legal.

FUNCIONES

  • Evaluar los protocolos o proyectos de investigaciones científicas biomédicas que se sometan a su consideración.
  • Informar la investigación presentada a su evaluación dentro del plazo de 45 días siguientes a su presentación, el cual,  por razones fundadas, podrá ser  prorrogado por 20 días más.
  • Observar el desarrollo de los protocolos o investigaciones en curso, asegurando que estos se realicen dentro de la normativa legal vigente y a la luz de los principios y recomendaciones internacionalmente aceptadas en materia de investigación científica biomédica en seres humanos, con el fin de recomendar las modificaciones que pudieren ser necesarias para la protección de los niños que participan en la investigación.
  • Evaluar todos los eventos adversos serios locales reportados al Comité por los investigadores,  hasta que concluya la investigación.
  • Resolver y decretar la inmediata suspensión del estudio, en caso de constatarse incumplimiento grave en el desarrollo del protocolo, infracción de normas y/o principios éticos o ante evento adverso serio, informando formalmente de ello al Director de la entidad de Salud que ha promovido la investigación, al o los investigadores asociados a la misma y a los sujetos de la investigación, sus padres, apoderados o tutores.
  • Realizar eventualmente actividades de extensión, capacitación, sesiones de revisión bibliográfica, investigación y formación permanente en beneficio de sus integrantes.